Nuestra Constitución Nacional establece que los juicios criminales deberán ser juzgados por jurados populares. Es decir, en todos aquellos delitos cuyo máximo exceda la pena de 6 años, quien se encuentre imputado, será juzgado por un jurado popular.
En caso que usted se encuentre imputado por un delito criminal (aquellos que tengan una pena máxima superior a los 6 años) tendrá derecho a que sea juzgado por dicho jurado. Ahora bien, usted podrá optar por renunciar a tal derecho y ser juzgado por un tribunal, compuesto por jueces profesionales.
Los Abogados Penalistas de nuestro estudio, evaluarán la causa y le explicarán fundadamente cual de los dos procesos de juzgamiento será mas conveniente para su causa. Además, hemos sido capacitados a nivel nacional e internacional para litigar oralmente tanto antes jueces profesionales como jurados populares.
Trabajamos con técnicas de litigación oral para poder seleccionar un jurado justo para su causa y finalmente plantear una estrategia defensiva o acusatoria ante el jurado popular o juez profesional.
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Estamos a su disposición para atenderlo en su inquietud.